La Constitución Política del Estado Libre de Zacatecas de 1825 estableció la división de poderes en la entidad. El artículo 17 de este código político señaló que: “por la ley fundamental se divide el supremo poder del Estado en tres, que son el Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, sin que puedan reunirse dos o más de ellos en una corporación o persona, ni el Legislativo depositarse en un solo individuo”. Este texto sentó las bases de la división de poderes. La Constitución de 1825 fue el texto fundacional del Estado Moderno y de las instituciones de gobierno. Una de las atribuciones que han permanecido a lo largo de 200 años de vida constitucional en la entidad ha sido la obligación impuesta a las personas que han
ostentado la titularidad del Poder Ejecutivo de presentarse ante el Congreso para rendir un informe sobre la situación que guarda la administración pública. La Colección informes de gobierno estatal se integra por los documentos políticos y administrativos que han presentado las personas que han ocupado el cargo de titulares del Ejecutivo de la
entidad. En esta sección encontrarán el inventario de los informes de gobierno del ejecutivo estatal (los cuales podrán consultar en el Archivo General del Poder Legislativo de Zacatecas) así como algunos ejemplos de los documentos que conforman esta colección.
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